La Supremacía Constitucional, se establece en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:
Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas. Artículo reformado DOF 18-01-1934, 29-01-2016
Como ya todos sabemos, la Constitución, es la Carta Magna o Ley Suprema de nuestro país, ¿que quiere decir esto? Que la Constitución es la base de las normas jurídicas, es de ahí de donde emana la legislación que rige a nuestro país. Los principios dela Supremacía Constitucional son:
Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas. Artículo reformado DOF 18-01-1934, 29-01-2016
Como ya todos sabemos, la Constitución, es la Carta Magna o Ley Suprema de nuestro país, ¿que quiere decir esto? Que la Constitución es la base de las normas jurídicas, es de ahí de donde emana la legislación que rige a nuestro país. Los principios dela Supremacía Constitucional son:
- Unidad de Sistema. La norma secundaría por tener como origen a la Constitución no debe contradecirla.
- Control de Supremacía. Busca tener como base del ordenamiento jurídico a la Constitución.
- Razonabilidad de las Leyes. La norma secundaría, debe ser acorde con la Constitución y en caso de contravertirla debe ser expulsada del ordenamiento jurídico.
- Rigidez de la Constitución. No puede ser modificada , es una norma base, para hacer un cambio a la Constitución se sigue el procedimiento
- Fortalecimiento del Estado de derecho. Existe un Estado que respeta los derechos fundamentales de la Constitución.
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